POLITICAS E INSTRUMENTOS PRESUPUESTARIOS
1. POLÍTICA PRESUPUESTARIA
Sobre
la base de las definiciones contenidas en los Planes Generales y Sectoriales de Desarrollo, y en las
políticas y objetivos de Gobierno, el Ministerio
de Hacienda establecerá, para cada gestión fiscal, la Política Presupuestaria a la que debe sujetarse la formulación
y ejecución del presupuesto en cada
una de las entidades y órganos públicos.
2. DIRECTRICES DE FORMULACIÓN
PRESUPUESTARIA
El
Ministerio de Hacienda emitirá, para cada gestión fiscal, las Directrices de
Formulación Presupuestaria, disponiendo los lineamientos fundamentales de
Política Presupuestaria y la técnica de formulación del presupuesto. La formulación,
aprobación y presentación de los Anteproyectos de Presupuesto Institucionales
deberá sujetarse a las Directrices de Formulación Presupuestaria emitidas.
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3. CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS
Los clasificadores presupuestarios
constituyen las herramientas principales para la formulación, elaboración y
presentación de los presupuestos institucionales de cada entidad pública.
Este presupuesto en su fase inicial se
denomina “ANTE PROYECTO DE PRESUPUESTO” el cual es remitido al ministerio de
Economía y Finanzas Publicas quien lo consolida y lo remite al ORGANO
LEGISLATIVO para su aprobación mediante ley (Ley financial).Todas
las entidades y órganos públicos deberán utilizar obligatoriamente los Clasificadores
Presupuestarios emitidos y aprobados por el Ministerio de Hacienda para cada
gestión fiscal.
3.1 Tipos de clasificadores presupuestarios
Estas
clasificaciones pueden referirse tanto a los recursos como a los gastos
públicos y en cada una de estas, la información se clasifica en atención a
diferentes criterios como los que se exponen a continuación:
a.
Clasificación Recursos por Rubros (Rubros
Presupuestarios)
·
De
acuerdo a su periodicidad
·
Económica
·
Por
sectores de origen
b.
Clasificación por Objeto de Gasto (Partidas)
·
Institucional
·
Por
la naturaleza del gasto o por partidas
·
Económica
·
Sectorial
·
Por
programas
·
Regional
SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Todas
las entidades y órganos públicos deberán utilizar los Sistemas de Información,
desarrollados e implantados por el Ministerio de Hacienda.
COMPONENTES DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO
1. SUBSISTEMA DE FORMULACION DEL PRESUPUESTO
1.1 PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES
a) Formulación de los Presupuestos Institucionales
La
formulación de los Presupuestos Institucionales contempla:
·
La estimación del Presupuesto de Recursos
·
La definición de la Estructura Programática,
según los Programas y Proyectos vinculados con el Plan General de Desarrollo
Económico y Social.
·
Programación del Presupuesto de Gastos
b) Estimación del Presupuesto de Recursos
Cada
entidad y órgano público debe estimar el total de recursos a disponer para cada
gestión fiscal, observando las restricciones establecidas en las disposiciones
legales y normativa inherentes a la materia y en las disposiciones específicas
que para cada gestión fiscal se establezca.
c) Definición de la Estructura Programática
del Presupuesto
Cada entidad y órgano público deberá definir
la Estructura Programática del presupuesto, estableciendo los planes y
programas en base al Programa de Operaciones Anual y al Plan Estratégico
Institucional, que deberán responder a su vez al Plan General de Desarrollo
Económico y Social, considerando además el ámbito de sus competencias
institucionales establecidas en su norma legal de creacion.
d) Programación del Gasto
Encada
entidad y órgano público la programación del gasto deberá efectuarse según los programas
y proyectos establecidos en el marco del Plan General de Desarrollo Económico y
Social, y del Plan Estratégico institucional y del Programa de Operaciones
Anual de la entidad, contemplando todas las obligaciones que se estime devengar
en la gestión fiscal, para la contratación de personal, compra de bienes y
servicios, realización de gastos de inversión y otros gastos inherentes al desarrollo
de las actividades previstas en el Programa de Operaciones Anual.
1.2. PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
a) Preparación del Proyecto de Ley del
Presupuesto General de la Nación para presentación y consideración por el H.
Congreso Nacional.
El
Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, elaborará el Proyecto del
Presupuesto General de la Nación, agregando y consolidando los Anteproyectos de
Presupuestos Institucionales, excepto de las Autonomías establecidas en la
Constitución Política del Estado., evaluando los mismos, e introduciendo los
ajustes necesarios para alcanzar la consistencia del Presupuesto con los planes
generales y sectoriales de desarrollo y con los objetivos y políticas del
Gobierno.
b) Trámite de aprobación del Presupuesto
General de la Nación por el H. Congreso Nacional.
El
Proyecto del Presupuesto General de la Nación deberá ser elevado a
consideración y tratamiento del H. Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo, en
los términos y plazos que prevé la Constitución Política del Estado.
c) Elaboración del Presupuesto Nacional
El
Ministerio de Hacienda deberá elaborar el Presupuesto Nacional, anexando al Presupuesto
aprobado por el H. Congreso Nacional, los Presupuestos de las Autonomías reconocidas
por la Constitución Política del Estado.
2.SUBSISTEMA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA
2.1 Ejecución Presupuestaria
La
ejecución del presupuesto comprende los procesos administrativos de captación
de recursos, de realización de desembolsos o pagos, y de ajustes al presupuesto
aprobado, sujetos a las regulaciones contenidas en las normas legales
inherentes a la materia.
2.2 Programación de la Ejecución
Presupuestaria
Cada entidad y órgano público deberá elaborar
el cronograma de ejecución de gastos, a nivel agregado o institucional, y en
detalle o por categoría programática, identificando:
·
Las fuentes de financiamiento y organismos
financiadores.
·
Las partidas de gasto.
·
Los cronogramas mensuales de desembolsos.
·
Otra información que se considere relevante.
2.3 Ajustes a la ejecución del Presupuesto
de Gastos
Cuando
las disponibilidades efectivas de recursos no alcancen los niveles programados,
deberá restringirse el compromiso y devenga miento del Presupuesto de Gastos a
estas disponibilidades.
2.4 Modificaciones Presupuestarias y
Reprogramación
Constituyen
modificaciones presupuestarias, las variaciones de las asignaciones
presupuestarias contempladas en el Presupuesto General de la Nación.Las
modificaciones presupuestarias consisten, en cambios que se efectúan a los
presupuestos asignados a los programas, subprogramas, proyectos, obras,
partidas, sub-partidas, genéricas, específicas y sub-especificas que
expresamente se señalan en la Ley de Presupuestos y su respectiva Distribución
General de cada año, para los diferentes organismos.
a) Limites de gastos
Asignaciones inscritas en el presupuesto aprobado por ley para cada entidad
en las categorías programáticas de programas y proyectos, por fuente y
organismo, en las partidas de gasto.
Asignaciones inscritas en el presupuesto aprobado por ley para cada entidad
en las categorías programáticas de programas y proyectos, por fuente y
organismo, en las partidas de gasto.
b) Tipos de modificación
·
Presupuesto
adicional
·
Traspasos
presupuestarios interinstitucionales
·
Traspasos
presupuestarios intrainstitucionales
·
Reprogramaciones
3. SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION PRESUPUESTARIA.
3.1 Seguimiento de la Ejecución del
Presupuesto
Cada
entidad y órgano público deberá elaborar y emitir en forma periódica, reportes
de ejecución financiera del presupuesto. Estos reportes deben ser preparados a
nivel agregado o institucional y por categoría programática.Los reportes de ejecución financiera deberán
considerar la relación con la ejecución física prevista en el Programa de
Operaciones Anual.
3.2 Evaluación del Presupuesto
Cada entidad y órgano público deberá efectuar
la evaluación de la ejecución del presupuesto de recursos y gastos, vinculando
esta evaluación con el cumplimiento gradual y total de los objetivos de gestión
previstos.Esta evaluación deberá realizarse en forma
periódica, durante la ejecución, y al cierre del ejercicio fiscal.
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